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La AFIP estableció un nuevo régimen para la emisión y el almacenamiento de comprobantes electrónicos, para operaciones realizadas en Argentina. Estos reemplazarán al tradicional soporte en papel. (Resolución General 2.485/2008)

Resoluciones Marco

RG 1361: Régimen de almacenamiento de Duplicados Electrónicos y de Registro de Operaciones.

RG 2758: Que respalden operaciones de Exportación.

RG 2757: Codificación de la Operaciones Realizadas a medida que AFIP notifique.

RG 2668: Seguros de Caución.

RG 2557: Bienes de Capital. Bonos Fiscales.



Sujetos comprendidos

“Los contribuyentes pueden implementar Factura Electrónica de manera Optativa para incorporar los beneficios que la misma presume, o bien de manera obligatoria a medida que AFIP notifica u obliga”.
a) Revistan el carácter de inscriptos en el impuesto al valor agregado.
b) Se encuentren adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) - Monotributo.



Comprobantes alcanzados


Facturas o documentos equivalentes clase “A”, “B” y “E”.

Recibos clase “A” y “B”.

Notas de crédito y notas de débito clase “A”, “B” y “E”.

Otros



Qué es una factura Electrónica


Es la representación electrónica de un comprobante original, respaldatorio de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y obras y las señas o anticipos que congelen el precio.



Las ventajas


Sensible disminución en los costos derivados de la utilización del papel.

Ahorro en los costos de envío de documentación por el uso de nuevos canales de remisión distintos al servicio postal tradicional (correo).

Mayor celeridad en el envío de la documentación involucrada en las transacciones comerciales.
Facilitar el aprovechamiento de nuevas tecnologías en el sentido que:

Eliminan las distancias geográficas que separan las partes de una operación comercial al utilizar canales electrónicos de amplia difusión (Internet).

Amplían el horario de atención para nuevas transacciones en virtud de que resulta posible automatizar determinados aspectos de la relación comercial.

Se habilita un nuevo canal de comunicación para la concreción de operaciones, que posibilita al vendedor prestar servicios adicionales a los eventuales compradores, como por ejemplo acceso "on line" a la cuenta corriente del cliente, acceso al stock, posibilidad de efectuar pedidos por vía electrónica, etc.

Reducción de los costos de almacenamiento, considerando que en la actualidad determinadas empresas deben contratar servicios de terceros para el archivo de las facturas, o destinar espacios físicos de dimensiones considerables a tales fines.

Cómputo oportuno del Crédito Fiscal: ante la necesidad de contar con la factura que contiene dicho crédito a fin de proceder a su cómputo, favorece su asignación al período fiscal correspondiente en el caso de operaciones concretadas en fecha cercana a fin de cada mes.



Las características de los comprobantes electrónicos


Poseen efectos fiscales frente a terceros si el documento electrónico contiene el Código de Autorización Electrónico "CAE", asignado por la AFIP.

Son identificados con un punto de venta específico, distinto a los utilizados para la emisión de comprobantes manuales o a través de controlador fiscal.

Tienen una fecha de vencimiento específica para su remisión (10 días).

Deben observar correlatividad numérica.



Consecuencias trae la asignación del "C.A.E."


El comprobante electrónico posee efectos fiscales si contiene el "C.A.E." otorgado por la Administración Federal de Ingresos Públicos.



Método de envío


La modalidad tecnológica de la puesta a disposición del documento electrónico por parte del emisor debe ser acordada entre las partes intervinientes, regulando las condiciones en que se desarrollarán las transacciones electrónicas (remisión por e-mail, puesta a disposición en una página web, etc.).

Preguntas frecuentes.
http://www.afip.gov.ar/genericos/guiavirtual/directorio_subcategoria.aspx?id_nivel1=562&id_nivel2=603
Sujetos obligados.
http://www.afip.gov.ar/eFactura/


Desde el 01/04/2007
- Medicina Prepaga

- Abonos a Internet

- TV por Cable

Desde el 01/07/2007
- Telefonía celular

Desde el 01/10/2007
- Servicios de transporte de caudales y/u otros objetos de valor.

- Servicios de seguridad (se encuentran incluidos los servicios de instalación de alarmas,monitoreo,vigilancia - y cualquier otro con dicha finalidad).

- Servicios de limpieza (excluidos los servicios de limpieza efectuados exclusivamente sobre cosas muebles)

Desde el 01/01/2009
- Prestación de servicios de publicidad y conexos

- . Agencias de publicidad, “marketing”, “telemarketing”.

- . Centrales de medios, comercializadoras de medios

- . Medios de comunicación

- . Productoras comerciales de publicidad o de contenidos

- . Receptorías de solicitudes de publicación de avisos.

- . Consultoras que realicen mediciones, investigaciones de mercado

- Autopistas Pcia de Bs As y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Servicios de informática y desarrolladores de “software”
- Servicios profesionales (facturacion mayor a $600.000)

- . Abogados.

- . Licenciados en Administración.

- . Licenciados en Economía.

- . Licenciados en Sistemas.

- . Contadores Públicos.

- . Actuarios.

- . Escribanos.

- . Notarios.

- . Ingenieros.

- . Arquitectos.

- Servicios de restaurante con atención al público. (Suspendido)
- Servicios de expendio de comidas (pizzerías, heladerías, etc.). (Suspendido)
- Servicios de preparación y venta de comidas al público.(Suspendido)


Desde el 01/11/2009
- Seguros de caucion.

Desde el 01/03/2010
- Exportadores incluidos en las disposiciones de la Resolución General Nº 596 y su modificatorias.

Desde el 01/05/2010
- Los demas exportadores.



   
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